La Ley N° 25.506 de Firma Digital Reconoce y establece las condiciones para el empleo de la firma electrónica y de la firma digital y su eficacia jurídica, y crea la Infraestructura de Firma Digital de la República Argentina.
Es la firma que permite saber que un documento digital corresponde a una persona determinada. Una serie de operaciones matemáticas hacen que esa firma sea única, auténtica y pueda ser verificada por la persona que recibe el documento.
Los documentos digitales son textos escritos en un procesador de texto, un email, un sitio web, una planilla de cálculo y toda otra información contenida en un soporte electrónico.
Cualquiera puede contar con firma digital.
Sí. Cuando por ley es obligatorio que un documento lleve firma, esa obligación se puede cumplir con la firma digital.
No. El certificado de firma digital tiene un plazo de vigencia y solo son válidas las firmas hechas dentro de ese plazo.
La firma electrónica no tiene el mismo valor probatorio que la firma digital.
Por eso, si niegan o desconocen tu firma electrónica, tenés que probar que es auténtica. En cambio, si niegan o desconocen tu firma digital, quien lo niega debe probar que la firma es falsa.
Necesitás tener un certificado digital. El certificado digital es un documento que da un certificador autorizado: empresas, registros u organismos públicos autorizados especialmente.