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FACTURADOR MOBILE

Desde agosto de 2018, los controladores fiscales que usan los comercios para registrar sus operaciones dejaron de ser obligatorios y pueden reemplazarse por sistemas de facturación móvil.

El facturador móvil es una herramienta que te permite generar comprobantes electrónicos, administrar tu base de clientes, productos, servicios y plantillas para que puedas personalizar la aplicación a las necesidades de tu negocio.

Para Leandro Cuccioli, titular de la AFIP, la facturación móvil eliminará costos a las pymes. ”Una máquina cuesta 500 dólares. Para el comercio chico, esto significa un ahorro muy importante, porque puede ir a la facturación móvil y el controlador fiscal pasa a ser una opción”, dijo.

Todos los contribuyentes, desde las grandes empresas hasta los monotributistas, deberán optar:

  • Controladores fiscales (cajas registradoras) con tecnología actualizada
  • Sistemas de facturación electrónica.

Los clientes pueden pedir un comprobante electrónico que reemplace a la factura impresa. El ticket o factura digital se enviará vía mail, whatsapp aunque tendrán la opción de pedir y solicitar el papel.

Los pequeños comercios podrán optar por un esquema de facturación desde un teléfono celular, un ipad o una computadora.

De a poco, la factura de papel solo será un soporte para utilizar en caso de emergencia. Por ahora, solo están exceptuados del terreno digital los monotributistas sociales.

Aquellos comercios que no accedan a internet por cuestiones geográficas, deben mantener el controlador fiscal.

La AFIP estableció un cronograma de cumplimiento:

  • Agosto 2018: existe la opción de utilizar controlador fiscal o facturación electrónica.
  • Abril de 2019: sólo se comercializan controladores fiscales de nueva tecnología (con conexión a Internet).
  • Los controladores fiscales existentes pueden ser utilizados hasta el 31 de enero de 2021. Luego de esa fecha, los comercios deberán migrar a las nuevas alternativas. Los mayoristas deben hacer el cambio tecnológico antes del 31 de marzo de 2019.
Agradecimiento especial a AGUSTINA BAIGORRI Contadora Publica (UBA) Tomo:391 Folio214 . Redactor