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      Ley de teletrabajo: sus principales claves

      octubre 1, 2024

       

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      El pasado 19 de Enero, mediante el decreto 27/2021 , el Gobierno Nacional reglamentó la Ley 27555, conocida como la Ley de Teletrabajo. Esta ley se encarga de regular los derechos y obligaciones del empleado y del empleador en la relación laboral conocida como “trabajo remoto”, modalidad que está en auge debido a la actual pandemia del COVID-19.
       
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      ¿Qué es el teletrabajo?

      El teletrabajo, también llamado “home office”, o “trabajo remoto”, es como su nombre lo indica una modalidad de trabajo que consiste en el desempeño de la actividad laboral sin que el trabajador tenga que estar presente físicamente en la empresa durante su jornada laboral.  

      ¿Cuáles son los principales puntos de la ley de teletrabajo?

        • Igualdad de derechos y obligaciones: Los trabajadores remotos tendrán los mismos derechos y obligaciones que quienes trabajan bajo la modalidad presencial. Además, su remuneración no podrá ser inferior a la que percibirá de manera presencial.

        • Desconexión digital: Quienes trabajen bajo esta modalidad tienen derecho a no estar conectados fuera de su horario laboral o durante las licencias que gocen, y no podrán ser sancionados por su “desconexión”.

        • Decisión voluntaria: Todo aquel que trabaje de manera presencial deberá expresar su voluntad de cambiar la modalidad laboral, solicitando este cambio por escrito.

        • Reversibilidad: Si una persona que trabajaba de manera presencial solicitó el cambio a la modalidad remota, podrá revocar esta solicitud en cualquier momento que lo requiera. Si el contrato se pacta desde el inicio con formato de trabajo “home office” el cambio a modalidad presencial estará sujeto a una negociación.

        • Equipamiento: El empleador deberá proveer las herramientas de trabajo que sean necesarias (hardware, software, mobiliario, etc), y asumir los costos de mantenimiento de las herramientas propias que el trabajador pueda llegar a utilizar.

        • Compensación: Se deberá pagar al trabajador remoto un extra compensatorio de los gastos de conectividad y los consumos de servicios que realice. Este gasto estará exento del impuesto a las ganancias. 

        • Capacitación: El empleador deberá capacitar a los trabajadores en el uso de las nuevas tecnologías.

        • Gente a cargo: Los trabajadores contarán con una jornada laboral con horarios compatibles a las tareas de cuidado que deban ejercer.  Esto aplica para quienes demuestren estar a cargo del cuidado de personas menores de 13 años, personas con discapacidad o adultas mayores que requieran asistencia específica.

        • Derecho a la intimidad y sistemas de control: El empleador no podrá bajo ningún concepto utilizar softwares de control que violen la privacidad y la intimidad del empleado.

        • Trabajo transnacional: Si la relación laboral es con empresas de otro país se aplicará al contrato de trabajo respectivo “la ley del lugar de ejecución de las tareas o la ley del domicilio del empleador, según sea más favorable para la persona que trabaja”.

      ¿Cuándo entrará en vigencia la ley de teletrabajo?

      Esta ley entrará en vigor luego de 90 días contados a partir de que se determine la finalización del período de vigencia del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio.  

      ¿Ustedes qué opinan de la ley de teletrabajo? ¿Va a ayudar o va a dificultar la flexibilización laboral en Argentina?

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